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GESTIONAMOS LA FORMACIÓN Bonificada

TramitaMOS LA formación bonificada para TU Pyme O gran empresa.

Externalizar la gestión de la formación bonificada permite a tu equipo humano centrarse en los aspectos clave de tu negocio mientras que el nuestro, se ocupa de los trámites legales.

Preguntas frecuentes sobre Formación Bonificada.

(Actualmente denominada Programada)

¿Qué es la formación bonificada? (actualmente "programada")

Se enmarca en el subsistema de la Formación Profesional para el Empleo, es un crédito del que puede disponer anualmente toda empresa, que cotice por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social, para desarrollar formación de sus trabajadores, deduciéndose la cuantía de dicho crédito de las cuotas que paga a la Seguridad Social. Ley 30/2015, de 9 de Septiembre, por la que se regla el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

¿Quién se puede beneficiar de ella?

Las empresas, asociaciones, fundaciones, ONG´s y autónomos con centro de trabajo en España que tengan dados de alta a trabajadores en el régimen general de la Seguridad Social, que hayan cotizado en el ejercicio anterior en este régimen por la contingencia de formación profesional y que estén al corriente de pago de Hacienda y de la Seguridad Social.

¿Cúal es la cuantía o el crédito del que dispone la empresa?

Si la empresa tiene entre 1 y 5 trabajadores el crédito es de 420 €. En caso de que la empresa tenga más de 5 empleados, el crédito medio será aproximadamente de 65 euros por trabajador (no dude en consultarnos para conocer la cuota exacta de la que dispone su empresa).

¿Cómo se paga la formación bonificada?

La bonificación de la cuota de formación se realiza de la siguiente forma: al mes siguiente de que el trabajador finalice la formación, la empresa se descuenta dicha cantidad de los Seguros Sociales que paga por cada uno de sus trabajadores y una vez descontada la cantidad, la empresa abona a Formatte el coste de las acciones formativas realizadas. De esta forma, la empresa no tiene que adelantarnos ninguna cantidad hasta haber: recibido la formación y descontado el coste de formación en el porcentaje que le corresponda de las cuotas a la Seguridad Social.

¿Una empresa de nueva creación puede beneficiarse de la Formación Bonificada para las Empresas?

Sí, se calcula multiplicando el número inicial de trabajadores por la bonificación media por trabajador (65€) garantizándose, en todo caso, el crédito mínimo de 420 €.

¿El crédito anual para la Formación Bonificada para las Empresas es acumulable?

Si, se puede acumular para el año siguiente pero hay que comunicarlo 

¿Cómo conocer el crédito de una empresa?

Pasos a realizar:

  • Las empresas generan un crédito a partir de la cuantía ingresada en concepto de cuota de formación profesional durante el año natural anterior.
  • Para ello tomamos los TC1 del año anterior (los 12 meses del año), sumamos la casilla 502 correspondiente a la cotización de Bases de desempleo, FOGASA y Formación Profesional.
  • De la cantidad resultante se calcula la cuota exacta que se ha pagado en concepto de formación profesional que es 0,7%
  • Se calcula la plantilla media de la empresa
  • A la cuota de Formación Profesional satisfecha en el ejercicio anterior se le aplica el porcentaje de bonificación (según la plantilla de trabajadores) y estos son los porcentajes a aplicar en 2013:
    • Empresas de 1 a 5 trabajadores: 420 € fijos
    • Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100% de bonificación
    • De 10 a 49 trabajadores: 75% de bonificación
    • De 50 a 249 trabajadores: 60% de bonificación
    • De 250 o más trabajadores: 50% de bonificación

Otra forma más sencilla de calcular el crédito de la empresa es a través del simulador de la Fundación Estatal para la formación en el Empleo.

¿Cómo se paga la formación Bonificada para las Empresas?

La bonificación de la cuota de formación se realiza de la siguiente forma: al mes siguiente de que el trabajador finalice la formación, la empresa se descuenta dicha cantidad de los Seguros Sociales que paga por cada uno de sus trabajadores y una vez descontada la cantidad, la empresa abona a Formatte el coste de las acciones formativas realizadas. De esta forma la empresa, no tiene que adelantarnos ninguna cantidad hasta haber:

  1. Recibido la formación.
  2. Descontado el coste de formación en el porcentaje que le corresponda de las cuotas a la Seguridad Social.
¿Cuáles son los beneficios de la Formación Bonificada para las Empresas?

Para la empresa: mejora de la productividad y competitividad de la empresa, adaptándola a los constantes cambios de mercado, tecnológicos y a la legislación vigente en materias tales como Prevención de Riesgos Laborales, Protección de Datos, etc. Beneficio económico (deducción de los costes de formación en las cuotas a la Seg.Soc.), beneficio fiscal (deducción directa para las empresas del 5-10% del importe de formación en el Impto. de Sociedades en empresas y de IRPF en los autónomos Art. 40 RDL 4/2004).

Para los trabajadores: mejora su capacitación profesional y permite a los trabajadores conseguir una mayor cualificación profesional y mejorar su desempeño en la empresa. Incrementa la motivación generando un sentimiento de crecimiento personal y profesional.

¿Qué modalidades admite la Formación Bonificada para las Empresas?

E-learning: formación impartida mediante una plataforma informática por la que el alumno recibe las clases a través de un ordenador mediante textos, voz, vídeo, …

Presencial: formación impartida en una aula física a la manera tradicional o a través de videoconferencia.

Mixta: incluye varias o todas las modalidades antes explicadas.

¿Qué requisitos se deben cumplir para que se pueda bonificar una acción formativa?
  • Haber cumplido con el deber de información a la representación legal de los trabajadores (enlace sindical), si existiera.
  • Haber comunicado telemáticamente el inicio de la formación, con al menos 7 días naturales de antelación.
  • Haber realizado la formación.
  • Acabado el curso se comunican los participantes y los costes y luego se informa telemáticamente de la finalización de la formación a través de la aplicación informática de la FTFE.
¿Existe un mínimo de horas para poder bonificar una acción formativa?

Sí. La duración mínima del curso debe ser de más de 2 horas.

¿Qué criterios debo cumplir para ser un alumno apto y poder bonificar mi formación?

Formación e-learning:

  • El alumno debe haber ejecutado, al menos, el 75% de los contenidos del curso dentro del periodo formativo
  • El alumno debe haber superado, al menos, el 75% de las pruebas de evaluación del curso dentro del periodo formativo.
  • El alumno debe rellenar y entregar a Formatte el control de calidad de la acción formativa.
  • En formación e-learning no existen partes de asistencia, ya que la plataforma debe registrar los accesos del alumno, ni se recibe de material.
  • Los tutores realizarán informes de seguimiento para documentar los contactos establecidos con el alumno (proactivos y reactivos).

Formación presencial:

  • El alumno debe haber asistido, al menos, al 75% de las horas del curso.
  • El alumno debe haber superado, al menos, el 75% de las pruebas de evaluación del curso.
  • El alumno debe rellenar y entregar a Formatte el recibí de material y el control de calidad de la acción formativa.
¿Qué normativa regula la formación Bonificada para las Empresas?

Ley 30/2015, de 9 de Septiembre, por la que se regla el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

¿Cuál es el organismo que regula la Formación Bonificada para las Empresas?

Es la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, encargada de impulsar y difundir la formación profesional para el empleo entre empresas y trabajadores y dar soporte técnico a la Administración Pública.

¿CÓMO TE AYUDAMOS?

Gestionamos la Formación Bonificada de tu empresa

Estamos siempre disponibles para resolver tus dudas. Establecemos un único interlocutor para todo el proceso.

ELABORAMOS INFORMES PRELIMINARES DE BONIFICACIÓN

Verificamos el crédito disponible.

RECOPILAMOS Y REGISTRAMOS LOS DATOS

Procedemos a recopilar todos los datos de las acciones formativas a realizar para registrarlos en el aplicativo de la FUNDAE.

NOTIFICAMOS Y GESTIONAMOS LOS CURSOS A REALIZAR

Una vez desarrollada la acción formativa y siempre optimizando el crédito disponible, pasamos a darla de alta mediante la aplicación de la Fundae.

CONTROLAMOS Y GESTIONAMOS LA DOCUMENTACIÓN

Una vez concluido y documentado, llevamos a cabo el proceso de finalización del curso en los plazos legalmente establecidos.

GESTIONAMOS EL FIN DE CURSO Y CUSTODIA DOCUMENTAL

Una vez concluido y documentado, llevamos a cabo el proceso de finalización del curso en los plazos legalmente establecidos.

ENViAMOS EL INFORME DE BONIFICACIÓN FINAL

Generamos y presentamos a la empresa el informe final con el que podrán llevar a cabo la bonificación.

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